Funciones y lugar de trabajo
Psicólog@ Penitenciari@
El psicólogo penitenciario es un profesional graduado en Psicología que obtiene su plaza como funcionario A1 del Estado a través de un proceso de oposición. Oposita al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias.
Una vez superado el proceso selectivo, puede desempeñar sus funciones en distintos centros de trabajo:
- Centros tipo (alrededor de 1000 internos) o centros antiguos (100-200 internos).
- Centros de Inserción Social.
- Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas.
- Psiquiátrico Penitenciario, ubicado en Alicante y Sevilla.
Entre las funciones que desarrollará encontramos:
- Entrevista al ingreso del interno en el centro penitenciario.
- Redacción de informes al Juez de Vigilancia Penitenciaria y al Centro Directivo.
- Evaluación para la clasificación y revisión de grado.
- Evaluación para la concesión de permisos de salida.
- Valoración y propuesta de activación, mantenimiento y cese del Protocolo de Suicidios.
- Asistencia psicológica a internos con riesgo de suicidio.
- Formación para Internos de Apoyo: internos que acompañan a otros para prevenir la conducta autolítica.
- Intervención en materia de drogas.
- Dirigir programas específicos de tratamiento: Programa contra la agresión sexual, programa para agresores en materia de violencia de género, programa de intervención en conductas violentas, programa de intervención en delincuencia económica, programa Ser Mujer, programa jóvenes, entre otros.
- Atención de instancias o solicitudes que emiten los internos cuando necesitan reunirse con el psicólogo.
- Adopción de decisiones en órganos colegiados (Equipos técnicos y Juntas de Tratamiento) trabajando de forma coordinada con juristas, trabajadoras sociales y educadores.
- Detección de carencias y necesidades de los penados para fijar objetivos tratamentales.
- Revisión de expedientes (sentencia, informes sobre el sujeto).
Entre las condiciones laborales de este profesional hallamos:
- Horario laboral de 8-15 horas, o 7:30-14:30 horas.
- Posibilidad de doblar, es decir, trabajar un día de 8 a 21:30 horas para tener un día libre más a la semana. De esta forma puedes trabajar de lunes a jueves.
- Autonomía en el ejercicio de sus funciones, decidiendo las tareas que lleva a cabo cada día y la forma de distribuir la semana.
- Posibilidad de ascenso a puestos de mando (subdirecciones y dirección de un centro penitenciario) por el sistema de libre designación.